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Juicio a docentes: condenaron a Gurina y a Sánchez por “desobediencia judicial”

Después de casi 2 horas de cuarto intermedio y deliberación, la jueza Marcela Leiva resolvió condenar a Mónica Gurina y a Leandro Sánchez a 10 y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente. Los encontró culpables de los delitos de desobediencia judicial y de entorpecimiento del normal tránsito sobre la avenida Uruguay, en el contexto del acampe intersectorial que se realizó sobre esa arteria entre mayo y junio del 2024.

En el juicio que comenzó el martes pasado en el Palacio de Justicia, se los juzgó por episodios que ocurrieron entre el 1° y el 4 de junio del año pasado. La Fiscalía acusó que ambos eran líderes del conjunto de protestantes y, por ende, responsables de “desoír” una orden de desalojo que les había llegado ese 1 de junio.

juicio gurica sánchez

Por su parte, los defensores argumentaron que no había una notificación particular a nombre de los acusados, y que incluso ninguno de ellos se encontraba en Posadas.

En las afueras del Palacio de Justicia el malestar se hizo sentir. Gremios docentes, agrupaciones sociales y de trabajadores estatales rechazaron la sentencia: en consecuencia el sector docente resolvió en asamblea ir a paro sin asistencia a los lugares de trabajo este jueves.

En sus alegatos finales, la fiscal Álvarez argumentó que la conducta de Gurina y Sánchez configuró una desobediencia deliberada. Recordó que el 1 de junio, de madrugada, se les exigió el despeje inmediato: “En un primer momento acataron dicha orden, pero a la tarde volvieron a tomar la calzada”.

Según expuso, el 3 de junio ambos fueron identificados fotográficamente y que, pese a las advertencias judiciales, “esperaron durante tres horas para despejar” el lugar, hasta que el conflicto  

En su alegato, también señaló que la protesta generó un perjuicio concreto al comercio: “Comerciantes preocupados por pagar sueldos, luz, impuestos… Ese fue el perjuicio que les provocó este acampe”: entre los ítems de su alegato, citó un artículo periodístico en el que el presidente de la Cámara de Comercio de Posadas, Manuel Amores, contaba que la huelga afectó a unos 80 comercios. Mencionó también la quema de gomas, el “daño al ambiente” y el impacto en la circulación en una ciudad donde “las demás avenidas son de una mano”.

Cuando fue su turno, el abogado defensor Eduardo Paredes sostuvo que el conflicto debe analizarse “desde los derechos constitucionales” y no desde el derecho penal. “Los derechos no valen lo mismo”, afirmó al citar la Constitución provincial y pedir control de constitucionalidad y de objetividad.

Para Paredes, la protesta derivó de una situación social crítica, con “la caída de los sueldos docentes desde 2023”. “Los maestros salen como última posibilidad para lograr alguna medida, y el gobierno reconoce esto con el acta acuerdo docente”, señaló. Y advirtió: “Sería un error trágico cerrar este caso por la vía penal”.

Declararon nueve testigos entre el martes y el miércoles.

Paredes remarcó que todo conflicto social implica algún impacto: “Las medidas siempre, de alguna manera, afectan al comercio, porque son conflictos”. Y sostuvo que el ámbito adecuado para resolverlos es el laboral, no el penal.

Docentes convocaron a paro para este jueves, en rechazo a lo que califican como una «criminalización de la protesta»: la defensa anticipó que apelará la sentencia.

 

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