Nuevos límites para uso de las Billeteras Virtuales
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplazó a la AFIP, reforzó sus controles sobre los movimientos en billeteras virtuales mediante la resolución Nº 4298. Aunque esta normativa data del año 2018, se han ido actualizando los montos de los saldos y transferencias que generan una mayor vigilancia por parte del organismo.
El objetivo de esta medida es verificar la legitimidad de los fondos y evitar que se usen plataformas digitales para actividades no declaradas.
La resolución Nº 4298 establece que las billeteras virtuales deberán reportar saldos superiores a $700.000 y operaciones que superen los $400.000 por transacción.
La fijación de los límites que disparan los controles implica que los usuarios con saldos mensuales superiores a $700.000 en sus billeteras virtuales deberán estar preparados para justificar ante el organismo el origen de esos fondos.
En tanto, las transferencias entre aplicaciones o cuentas bancarias que superen los $400.000 también serán objeto de una revisión más exhaustiva.
Si bien estos límites no son prohibiciones, sí representan un umbral de alerta para ARCA. A partir de esos montos, el organismo puede solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, con el fin de asegurarse de que provengan de actividades legítimas y declaradas. En otras palabras, por debajo de esos niveles, los movimientos financieros no suelen entrar en el radar de la agencia.
Por otro lado, tampoco es cierto que movimientos por debajo de esos montos puedan hacerse sin justificación. Lo cierto es que la ARCA exige a las financieras informar los movimientos por encima de esos niveles, lo que los hace más fácilmente detectables. Los movimientos por debajo de esos niveles también requieren declaración, pero es más difícil que sean detectados por el regulador.
Un punto clave que establece la resolución es que serán las billeteras virtuales y no los usuarios quienes tendrán que informar sobre los saldos, transacciones o consumos que excedan los topes fijados. Esto implica que los proveedores de estos servicios deberán implementar mecanismos de control interno más robustos para cumplir con las exigencias de ARCA.
Además, estas plataformas deberán actualizar sus reportes semestralmente, ajustando los montos según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esto significa que los límites monetarios estarán sujetos a revisiones periódicas, lo que añade un componente de variabilidad en los controles que tanto usuarios como empresas deben tener en cuenta.
Por ello, tanto usuarios como empresas del sector deberán estar atentos a los cambios en los límites para evitar problemas fiscales y garantizar que todas sus operaciones se realicen dentro del marco legal.
Es importante aclarar que los montos mencionados funcionan como “niveles del radar”. Mientras que saldos o transferencias por debajo de $700.000 y $400.000 respectivamente no suelen ser objeto de escrutinio, superar esos niveles implica que el contribuyente debe justificar claramente el origen de los fondos. No se trata de montos prohibidos, sino de puntos de corte a partir de los cuales se exige una mayor transparencia.
La medida, según explicaron desde ARCA, tiene un carácter preventivo y busca evitar irregularidades que puedan derivar en evasión fiscal o en el uso indebido de las billeteras virtuales. El organismo espera que la colaboración entre plataformas y usuarios mejore la trazabilidad de los fondos, contribuyendo así a fortalecer el sistema financiero.
Fuente: infobae.com