La Nación derogó regulaciones de precios de internet, celulares y cable

En una medida que promete generar polémica y debate, el Gobierno Nacional decidió  eliminar todas las regulaciones que imponían límites a las tarifas de los servicios de internet, telefonía celular y televisión por cable. Advierten sobre el posible impacto negativo en los consumidores, quienes podrían enfrentar aumentos significativos en las tarifas.

La medida la implementa el ENACOM (Ente Nacional de Telecomunicaciones) que se encuentra intervenido. La institución eliminó las regulaciones de la anterior gestión de Claudio Ambrosini que fijaban un límite a las empresas para los aumentos del 5% y de hasta el 10% mensual.


Esta decisión responde al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 302/2024, que anuló el anterior DNU 690/2020. Este último había declarado a los servicios TIC como “servicios públicos esenciales y estratégicos”, otorgando al ENACOM la facultad de regular sus tarifas.

Con la nueva disposición, las empresas de telecomunicaciones recuperan la capacidad de fijar libremente sus precios, algo que el organismo regulador justifica como necesario para “salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia”. La resolución, firmada por la intervención del ENACOM, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, marcando un cambio significativo en la política regulatoria del sector de las telecomunicaciones en Argentina.

Según explica la misma resolución, según la Procuración del Tesoro de la Nación “el cambio de ordenamiento jurídico hace que deje de ser válido sin quedar totalmente extinguido”. Por ese motivo fue necesario emitir otra resolución “que pronuncie su extinción, sea por la administración o por la justicia”.

En otro tramo del documento, explicitan que tal como surge del DNU N° 302/2024 “…los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente” y que “… el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados.”.