El Gobierno promulgó la Ley Bases y el paquete fiscal
En la víspera de la firma del Pacto de Mayo, el Gobierno promulgó este lunes la Ley de Bases y el paquete fiscal, que habían sido sancionados el 13 de junio.
Estas leyes, la 27.742 y la 27.743 fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Nación, son las primeras leyes que logra destrabar Javier Milei después de sus primeros seis meses de gestión.
Las iniciativas sufrieron grandes cambios tras su paso por las dos cámaras del Congreso. Por ejemplo, por un lado, se quitaron varias empresas de la lista de posibles privatizaciones, como Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y los medios públicos, aunque se aprobó la restitución de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias y la reforma de Bienes Personales.
Ley Bases: cuáles son los principales puntos
Se declara las emergencias en materia económica, en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año.
Se otorgan facultades para realizar una reforma del Estado para mejorar el funcionamiento del estado y se le otorgan atribuciones para reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal “a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.
El Poder Ejecutivo podrá disponer la disolución o función de organismos públicos.
La atribución de disolver organismos públicos no se podrá aplicar al CONICET, la ANMAT, el INCAA, el ENACOM, el INCUCAI, la UIF, el INTI, el INTA, el SENASA, el SMN, el Banco Nacional de Datos Genéticos y todos aquellos vinculados a la cultura.
Los empleados públicos que trabajen en organismos que se disuelvan tendrán un año para poder reubicarse en otros entes del Estado y si no tienen otro puesto en el Estado serán declarados prescindibles.
Se autoriza la privatización total de las empresas Enarsa, e Intercargo, y en forma parcial de Aysa, Sociedad Operadora Ferroviaria SE (SOFSE) y Corredores Viales SA.
Se podrá aportar capital privado Nucleoeléctrica y el complejo de Yacimiento Carboníferos Fiscales (YPF).
La reforma laboral permitirá el despido con causa justa por bloqueos de empresas y tomas de empresa.
La eliminación multas por trabajo no registrado se autoriza a cambio de regularizar la situación de ese empleado y al trabajador se le podrán reconocer hasta cinco años de aportes.
Se permite establecer acuerdos para reemplazar la indemnización por un fondo de cese laboral como tiene la Unión Obrera de la Construcción.
Las pymes podrán incorporar una nueva figura llamada colaborar para que puedan contratar a tres trabajadores, sin establecer un vínculo de relación de dependencia.
Se amplía el período de prueba de tres a seis meses y de hasta ocho meses en las empresas desde 6 hasta 100 empleados.
Se crea un régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI) para atraer inversiones extranjeras enfocadas en grandes emprendimientos petroleros mineros, donde existan inversiones con un piso de 200 millones de dólares hasta 900 millones de dólares y a cambios los inversionistas tendrán beneficios en el IVA y Ganancias.
El RIGI se destinará para las grandes inversiones en los sectores de petróleo, gas, energía, minería, tecnología, siderurgia, forestoindustria y turismo. El sistema de promoción de inversiones durará por dos años y obligará a los inversionistas a contratar un 20 por ciento de proveedores locales.
Ley de Medidas Fiscales
Se repone el impuesto a las Ganancias, que establece que vuelvan a pagar el tributo los empleados en relación de dependencia que perciban 1.800.000 de sueldos brutos en el caso de los solteros y 2,3 millones de pesos de sueldos brutos para los casados.
La actualización del Mínimo no Imponible se realizará dos veces por año en el 2025, pero este año también se hará en el mes de septiembre.
Se reforma el impuesto a los bienes personales, donde se eleva de 27 millones a 100 millones de pesos el mínimo no imponible.
La iniciativa establece alícuotas progresivas que van del 0,5% a 1,5%. Se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%.
Los contribuyentes cumplidores obtendrán una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen del tributo.
Se autoriza el pago adelantado por cinco años del impuesto de Bienes Personales con un alícuota especial de 0,45% por año.
Blanqueo de Capitales: se permite ingresar al sistema activos por un monto de hasta 100 mil dólares sin pagar ninguna alícuota.
Los contribuyentes que superen activos por 100 mil dólares pagan hasta el 30 de septiembre una alícuota del 5 por ciento sobre el excedente declarado, y desde octubre hasta diciembre una alícuota del 10 por ciento, y desde enero hasta marzo un 15 por ciento.
No podrán ingresar al blanqueo los funcionarios que estuvieron en sus cargos en los últimos diez años y sus familiares, incluidos los hermanos.
Las regalías de las mineras se mantendrán en tres por ciento en los actuales emprendimientos, pero se elevarán al cinco por ciento cuando se trate de nuevos emprendimientos.
Se establece una moratoria para deudas tributarias, previsionales y aduaneras.
Fuente: TN y otros medios digitales.