Multaron a los padres de jóvenes que pelearon a la salida del colegio

Para las peleas callejeras, el Código de Faltas de la Provincia (Ley XIV) prevé sanción de multa, arresto o prestación comunitaria; el árbitro de justicia es competencia de los Juzgados de Paz y las actuaciones las eleva la Policía.

El hecho ocurrió en el Bachillerato Orientado Polivalente (BOP) 17, donde el Juzgado de Paz multó a los padres de dos jóvenes que pelearon a la salida del colegio. La suma fue de 1.800 pesos como compensación por la contravención de desorden callejero.

Por esta situación de peleas intervino la Comisaría Decimotercera, debido a que las partes realizaron una denuncia. Así, se inició una causa que fue tratada en la Justicia.

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