Para renovar el DNI, pasaporte o el registro de conducir, habrá que presentar el certificado de vacunación al día

El Senado aprobó ayer una ley que obliga a todos los argentinos a presentar el certificado de vacunación al día para poder tramitar o renovar el DNI, el pasaporte, la licencia de conducir, residencia o el certificado prenupcial.

La normativa -que actualiza la Ley 22.909 vigente desde 1983- surgió de un proyecto del legislador tucumano Pablo Yedlin.

Con la modificación, ahora los adultos, según su edad, también necesitarán el documento para llevar adelantes esos trámites. La actualización de la ley asimismo establece la gratuidad de la vacunación y su exención impositiva.

«El Estado deberá garantizar la compra de vacunas e insumos», señala el texto.

Según aclararon, a los adultos se les va a pedir tengan aplicadas las de la hepatitis B y la doble bacteriana adultos. A los que nacieron después de 1965, se incluye la triple viral (sarampión, paperas y rubéola). Los que superen esa edad sí deben darse la antigripal y las antineumocóccicas.

 Entre otras modificaciones, la nueva legislación prevé que los adultos y tutores de menores serán los encargados de su vacunación, pero en caso de incumplimiento «generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente».

Asimismo se estableció que el documento que habrá que presentar es el denominado Carnet Único de Vacunación (CUV), en el que deberán quedar las constancias de vacunación obligatoria y tendrá que generar el acceso a las vacunas a la población.

La tarjeta será expedida por los organismos habilitados para aplicar vacunas, como hospitales (públicos y privados) y farmacias. Será exigido también para tramitar las asignaciones familiares y exámenes preocupacionales.

La ley aclara, entre varias cosas que «la falta de cumplimiento de la presentación establecida no será obstáculo en la prosecución de los trámites».

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