Declaran incostitucional las fotomultas en Misiones

La Justicia Federal de Paraná declaró inconstitucional las multas a través del sistema de fotomultas que funciona en Misiones. Esta decisión sienta un precedente que podría provocar que se declaren inconstitucionales los mecanismos de infracciones de otras provincias.

Según lo publicado por el sitio entrerriano UNO  el juez federal N° 2 de Paraná, Daniel Alonso, resolvió declarar inconstitucionales las leyes provinciales de Misiones “que autorizan prescindir del claro mandato legal del artículo 70° del Reglamento Nacional de Tránsito sobre rutas de jurisdicción nacional”.

De esa manera, el juez hizo lugar al amparo presentado por paranaense Diego Beber Brunner, declarando la nulidad del acta de infracción de tránsito que se le impuso en Misiones.

En el expediente, se conoció que el conductor de Paraná hizo una presentación de amparo en la Justicia Federal contra la provincia de Misiones, impugnando por “manifiesta ilegitimidad el acta de comprobación de infracción emitida por la demandada y solicitando la suspensión del proceso administrativo iniciado por la Policía de Misiones”.

El problema de fondo era establecer cuál era el verdadero fin de los operativos con radares y fotomultas, si existía un interés recaudatorio, o bien había un fin sancionatorio y reflexivo en el sistema.

Por los descargos que hicieron la policía y la provincia de Misiones, sólo se tuvo en cuenta la emisión de la multa y su posterior interés en intimar al infractor que debería saldarla en un tiempo perentorio.

El conductor nunca fue notificado, y se enteró de la supuesta infracción cuando le llegó a su domicilio la copia con la multa y la intimación de pago.

El juez federal alertó que el mecanismo de multa de Misiones “no fue corroborada siguiendo la metodología establecida por el artículo 70 de la ley Nacional de Tránsito, sino por un sistema automático incapaz de actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial”.

No se verificó quién conducía, quién fue el policía que labró el acta, por qué iba con una excesiva velocidad y otras exigencias que reclama la Ley Nacional de Tránsito cuando autoriza el cobro de una multa por infracción sin afectar las garantías constitucionales.

 

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