Violencia sexual: modifican ley que facilitará el acceso a pensión para víctimas

Esta ayuda económica será de carácter mensual y de un equivalente al 70% del Salario Mínimo, Vital y Móvil que se disponga en los ámbitos pertinentes.

En la Comisión de Niñez, Género, Familia y Juventud de la Cámara de Representantes, obtuvo Dictámen un Proyecto de Ley unificado, donde se propone la modificación del Artículo 5 de la Ley XIX – Nº 51, de Pensión Graciable de Asistencia a Víctimas Menores de Delitos contra la Integridad Sexual.

Esta Ley tiene como objetivo brindar contención económica y social a menores de edad, y a su grupo familiar conviviente, víctimas de delitos contra la integridad sexual previstos en el Código Penal, y que sean imputados a quien tenga a su cargo la asistencia económica familiar.

El beneficio puede ser solicitado por “la madre, el padre o quien ejerce la guarda, tutela de la víctima, siempre que éstos no hayan sido imputados por el delito contra la integridad sexual del menor”, dice otro de los artículos de la norma.

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