Modifican el Código Electoral para facilitar el voto de quienes viven en el exterior

Las modificaciones facilitarán también el voto de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación que se encuentren cumpliendo funciones fuera del país y de los familiares que los acompañen.

El Gobierno Nacional oficializó hoy modificaciones al Código Electoral Nacional con el objeto de facilitar el voto de ciudadanos argentinos en el extranjero, así como el de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación que se encuentren cumpliendo funciones fuera del país y de los familiares que los acompañen.

El decreto 403 que se publica hoy en el Boletín Oficial dispone la incorporación al Registro de Electores Residentes en el Exterior de todos aquellos argentinos que «cumplan con las condiciones para ser elector conforme la normativa electoral nacional y que hubiesen realizado el cambio de domicilio en su documento de identidad».

De este modo, se suplanta la obligación de realizar un trámite específico a los efectos de incorporarse al Registro de Electores Residentes en el Exterior, disponiendo la inscripción automática de aquellos argentinos que cumplan con todos los requisitos establecidos en el Código Electoral Nacional, y no encontrándose incursos en inhabilitaciones legales, establezcan su domicilio en el exterior.

El voto de los electores residentes en el exterior es de carácter optativo y los ciudadanos que se encuentren fuera del país pero que no hubiesen efectuado el cambio de domicilio en el exterior, deberán proceder a la justificación de la no emisión del voto, tal como sucede con los residentes en la Argentina, «a excepción de los inscriptos en el Registro Especial del Servicio Exterior de la Nación”.

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