Blanqueo de Capitales: hay tiempo hasta el 21 de noviembre

Lo oficializó la AFIP, junto con la prórroga hasta el 31 de octubre próximo del plazo para abrir cuentas bancarias para “sincerar” el dinero no declarado. Es en el marco del blanqueo contemplado en la ley 27260.

La medida, adelantada el jueves por el organismo en un comunicado, fue publicada en el Boletín Oficial mediante la resolución general 3947, firmada por el administrador federal, Alberto Abad.

En los considerandos, la AFIP argumenta que “el Banco Central de la República Argentina ha puesto en conocimiento de este organismo la preocupación manifestada por las Asociaciones de Bancos respecto de la imposibilidad de atender, dentro de los plazos legales previstos, las demandas operativas referidas al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior”.

En la misma disposición publicada este viernes se resolvió, además, “adecuar los requisitos que debe reunir la constancia de valuación de aeronaves, naves, yates y similares radicados en el país”.

En ese marco, se dispuso que “la valuación de las aeronaves, naves, yates y similares, radicados en el país, declarados por personas humanas o las sucesiones indivisas, deberá surgir de una constancia emitida por una entidad aseguradora que opere bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, suscripta por persona habilitada”.

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